viernes, marzo 24, 2006

Nuevo golpe al DR-CAFTA

“Las leyes que violen los mandatos constitucionales son nulas ipso jure”. Artículo 175 de la Constitución.

Por: Marielos Monzón


El secretismo de las negociaciones y el intento de marginar a la sociedad de las mismas, no impidieron que Guatemala fuera el país en el que el DR-Cafta enfrentó una mayor oposición popular.

A pesar de la escasa cobertura mediática, que parece reducir el debate a las reuniones que se realizan en EE.UU. y de las que no participa ninguna organización popular, esa oposición continuó y buscó nuevas expresiones.

El 24 de febrero, los abogados Alfonso Bauer, Augusto Willemsen y Ramón Cadena, actuando en representación de 30 organizaciones políticas y sociales, presentaron una Acción de Inconstitucionalidad General Total en contra del DR-Cafta; del decreto numero 31-2005 del Congreso y del Instrumento de Ratificación por parte del presiente.


El jueves 16 de marzo la Corte de Constitucionalidad, luego de un intenso y por momentos duro debate, decidió por mayoría, dar trámite al recurso. La Corte abrirá un período de audiencias públicas, a las que serán citados: el presidente de la República, el vicepresidente, los ministros de Relaciones Exteriores, Economía, Trabajo y Previsión Social; el Ministerio Público, el Congreso, el procurador de los Derechos Humanos y varias de las organizaciones promotoras de la acción.

La Acción de Inconstitucionalidad tiene 49 hojas, y además de constatar la violación específica de más de 30 artículos de nuestra Carta Magna, argumenta que la viola en general, como también lo hace, con varios convenios internacionales ratificados por Guatemala.

El cuestionamiento establece ocho ejes:

1) contradice el modelo de Estado que regula nuestra Constitución.

2) contradice pactos y convenios internacionales de derechos humanos, ratificados por Guatemala, los cuales tienen mayor jerarquía que el TLC.


3) Incumple el mandato constitucional de realizar un referendo y también lo establecido en el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas.

4) Atenta contra la conformación de la comunidad centroamericana, afectando el marco jurídico de la integración establecido en la Constitución.

5) Viola el principio de soberanía popular.

6) Restringe los derechos de los trabajadores.

7) Viola los artículos 93, 94 y 95 de la Constitución referentes al derecho a la salud, porque acepta el libre comercio como un valor supremo, por encima incluso de la vida humana, limita el acceso a medicinas baratas y otorga beneficios desmedidos a los productos farmacéuticos.

8) Es un serio peligro a la soberanía en materia ambiental y de salud pública.

La decisión de la Corte de Constitucionalidad implica un duro golpe a la estrategia de secreto seguida por el Gobierno y permitirá, por fin, un debate público sobre las implicanciones jurídicas, políticas y económicas del DR-Cafta.

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