COMUNICADO ESPECIAL DE APOYO A LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO
Reiteramos nuestra total condena de todo acto de terrorismo como acto criminal e injustificable y reafirmamos nuestro compromiso de combatir el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, con estricto apego al Derecho Internacional, a las normas internacionales de protección de los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario para lo cual, entre otras acciones, reforzaremos siempre que sea necesario, nuestras legislaciones nacionales y promoveremos una cooperación internacional activa y eficaz para prevenir, reprimir y eliminar toda manifestación de este flagelo. Asimismo, nos comprometemos a tomar medidas para prevenir y eliminar el financiamiento y la preparación de cualquier acto terrorista y a negarle refugio a los instigadores, financiadores, autores, promotores o participantes en actividades terroristas, de conformidad con el marco jurídico internacional, incluyendo las convenciones internacionales respectivas y las resoluciones relevantes de la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Nos felicitamos de la reciente adopción por la Asamblea General de La Estrategia Mundial de las Naciones Unidas contra el terrorismo, que dota de coherencia y da un nuevo impulso a las medidas que se han tomado en los últimos años para mejorar nuestra capacidad colectiva e individual para combatir el terrorismo y reafirmamos nuestro firme compromiso de aplicar todos los principios recogidos en la estrategia y desarrollar todas las medidas que se contemplan en la misma. Al situar la lucha contra el terrorismo en el centro de sus preocupaciones, la Estrategia potencia la capacidad de las Naciones Unidas para desempeñar el papel que le corresponde como motor y facilitador de una respuesta internacional concertada al terrorismo.
Reafirmamos la necesidad de evitar la impunidad para aquellos que cometen actos de terrorismo e instamos a todos los Estados a que, de conformidad con lo establecido en el Derecho Internacional, cooperen plenamente en la lucha contra el terrorismo, especialmente con aquellos en cuyo territorio o contra cuyos ciudadanos se cometan actos de terrorismo, a fin de encontrar, capturar y negar refugio seguro y someter a la justicia, sobre la base del principio del enjuiciamiento o la extradición, y su propia legislación nacional, a quien apoye o facilite la financiación, planificación, preparación o comisión de actos de terrorismo o la provisión de refugio seguro o participe o intente participar en esos actos.
Expresamos nuestra solidaridad con las víctimas y familiares de las víctimas del terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, dondequiera que actos de esta naturaleza hayan ocurrido e independientemente de quienes hayan participado y cometido dichos actos, de quienes lo hayan patrocinado y financiado y de las motivaciones que se aleguen como pretexto a tales crímenes.
Instamos a todos los Estados a asegurar, de conformidad con el Derecho Internacional, que la condición de refugiado o asilado no sea utilizada de modo ilegítimo por los financiadores, autores, organizadores o patrocinadores de los actos de terrorismo, y que no se reconozca la reivindicación de motivaciones políticas como causa de denegación de las solicitudes de extradición de presuntos terroristas.
Reafirmamos los Comunicados Especiales sobre Terrorismo adoptados en las XIV y XV Cumbres Iberoamericanas y apoyamos las gestiones para lograr la extradición o llevar ante la justicia al responsable del atentado terrorista a un avión de Cubana de Aviación en octubre de 1976, que causó la muerte a 73 civiles inocentes.
Reafirmamos el valor de la extradición como herramienta esencial en la lucha contra el terrorismo y exhortamos a aquellos Estados que han recibido solicitudes de extradición de terroristas presentadas por Estados miembros de nuestra Comunidad, que procedan a considerarlas debidamente, con pleno apego al marco legal aplicable.
Llamamos a todos los Estados que no lo hayan hecho, a que consideren la posibilidad de formar parte, urgentemente, de todas las convenciones y protocolos relativos al terrorismo, para cumplir con las obligaciones derivadas de dichos instrumentos, así como también de todos los acuerdos internacionales que los compelen a prestar asistencia jurídica, enjuiciar y penalizar con prontitud y de manera apropiada, a quienes financian, patrocinan, participan y cometen, actos terroristas, siempre con estricto apego al Derecho Internacional y con respeto a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario, y la legislación nacional de cada Estado, en particular, los cometidos contra medios públicos de transporte de carga o pasajeros, contra representaciones diplomáticas, instalaciones turísticas u otras instalaciones públicas.
Seguiremos trabajando para adoptar las medidas que sean necesarias y adecuadas y conformes con nuestras respectivas obligaciones en virtud del Derecho Internacional a fin de prohibir por ley la incitación a cometer actos terroristas y prevenir las conductas de esa índole.
Solicitamos a los Estados que en el marco de las Naciones Unidas cooperen para llegar a un acuerdo sobre un convenio general contra el terrorismo internacional y concertarlo, resolviendo las cuestiones que todavía subsisten como un obstáculo para el logro de la Convención incluyendo las relativas a la definición jurídica y el alcance de los actos abarcados por el convenio, a fin de que pueda servir como instrumento eficaz de lucha contra el terrorismo.
Trabajaremos para que la solidaridad de la Comunidad Internacional pueda traducirse en la creación en el marco de Naciones Unidas de un mecanismo práctico de asistencia internacional a las víctimas del terrorismo.
Reiteramos nuestra total condena de todo acto de terrorismo como acto criminal e injustificable y reafirmamos nuestro compromiso de combatir el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, con estricto apego al Derecho Internacional, a las normas internacionales de protección de los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario para lo cual, entre otras acciones, reforzaremos siempre que sea necesario, nuestras legislaciones nacionales y promoveremos una cooperación internacional activa y eficaz para prevenir, reprimir y eliminar toda manifestación de este flagelo. Asimismo, nos comprometemos a tomar medidas para prevenir y eliminar el financiamiento y la preparación de cualquier acto terrorista y a negarle refugio a los instigadores, financiadores, autores, promotores o participantes en actividades terroristas, de conformidad con el marco jurídico internacional, incluyendo las convenciones internacionales respectivas y las resoluciones relevantes de la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Nos felicitamos de la reciente adopción por la Asamblea General de La Estrategia Mundial de las Naciones Unidas contra el terrorismo, que dota de coherencia y da un nuevo impulso a las medidas que se han tomado en los últimos años para mejorar nuestra capacidad colectiva e individual para combatir el terrorismo y reafirmamos nuestro firme compromiso de aplicar todos los principios recogidos en la estrategia y desarrollar todas las medidas que se contemplan en la misma. Al situar la lucha contra el terrorismo en el centro de sus preocupaciones, la Estrategia potencia la capacidad de las Naciones Unidas para desempeñar el papel que le corresponde como motor y facilitador de una respuesta internacional concertada al terrorismo.
Reafirmamos la necesidad de evitar la impunidad para aquellos que cometen actos de terrorismo e instamos a todos los Estados a que, de conformidad con lo establecido en el Derecho Internacional, cooperen plenamente en la lucha contra el terrorismo, especialmente con aquellos en cuyo territorio o contra cuyos ciudadanos se cometan actos de terrorismo, a fin de encontrar, capturar y negar refugio seguro y someter a la justicia, sobre la base del principio del enjuiciamiento o la extradición, y su propia legislación nacional, a quien apoye o facilite la financiación, planificación, preparación o comisión de actos de terrorismo o la provisión de refugio seguro o participe o intente participar en esos actos.
Expresamos nuestra solidaridad con las víctimas y familiares de las víctimas del terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, dondequiera que actos de esta naturaleza hayan ocurrido e independientemente de quienes hayan participado y cometido dichos actos, de quienes lo hayan patrocinado y financiado y de las motivaciones que se aleguen como pretexto a tales crímenes.
Instamos a todos los Estados a asegurar, de conformidad con el Derecho Internacional, que la condición de refugiado o asilado no sea utilizada de modo ilegítimo por los financiadores, autores, organizadores o patrocinadores de los actos de terrorismo, y que no se reconozca la reivindicación de motivaciones políticas como causa de denegación de las solicitudes de extradición de presuntos terroristas.
Reafirmamos los Comunicados Especiales sobre Terrorismo adoptados en las XIV y XV Cumbres Iberoamericanas y apoyamos las gestiones para lograr la extradición o llevar ante la justicia al responsable del atentado terrorista a un avión de Cubana de Aviación en octubre de 1976, que causó la muerte a 73 civiles inocentes.
Reafirmamos el valor de la extradición como herramienta esencial en la lucha contra el terrorismo y exhortamos a aquellos Estados que han recibido solicitudes de extradición de terroristas presentadas por Estados miembros de nuestra Comunidad, que procedan a considerarlas debidamente, con pleno apego al marco legal aplicable.
Llamamos a todos los Estados que no lo hayan hecho, a que consideren la posibilidad de formar parte, urgentemente, de todas las convenciones y protocolos relativos al terrorismo, para cumplir con las obligaciones derivadas de dichos instrumentos, así como también de todos los acuerdos internacionales que los compelen a prestar asistencia jurídica, enjuiciar y penalizar con prontitud y de manera apropiada, a quienes financian, patrocinan, participan y cometen, actos terroristas, siempre con estricto apego al Derecho Internacional y con respeto a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario, y la legislación nacional de cada Estado, en particular, los cometidos contra medios públicos de transporte de carga o pasajeros, contra representaciones diplomáticas, instalaciones turísticas u otras instalaciones públicas.
Seguiremos trabajando para adoptar las medidas que sean necesarias y adecuadas y conformes con nuestras respectivas obligaciones en virtud del Derecho Internacional a fin de prohibir por ley la incitación a cometer actos terroristas y prevenir las conductas de esa índole.
Solicitamos a los Estados que en el marco de las Naciones Unidas cooperen para llegar a un acuerdo sobre un convenio general contra el terrorismo internacional y concertarlo, resolviendo las cuestiones que todavía subsisten como un obstáculo para el logro de la Convención incluyendo las relativas a la definición jurídica y el alcance de los actos abarcados por el convenio, a fin de que pueda servir como instrumento eficaz de lucha contra el terrorismo.
Trabajaremos para que la solidaridad de la Comunidad Internacional pueda traducirse en la creación en el marco de Naciones Unidas de un mecanismo práctico de asistencia internacional a las víctimas del terrorismo.
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