lunes, noviembre 13, 2006

No es un embargo, es un bloqueo planetario: Los dos mayores bancos suizos cesan todas las transacciones con Cuba

Cubadebate

Los dos mayores bancos de Suiza, Union Bank of Switzerland (UBS) y Credit Suisse, cesaron todas las transacciones con Cuba, informaron este domingo ambas instituciones.

La isla es desde ahora considerada como un país "sensible", indicaron portavoces de ambos bancos, al confirmar la noticia publicada por el semanario suizo alemán del domingo "SontagsZeitung".


En realidad, desde el 2005, la (UBS) cesó el servicio que prestaba de cuenta corriente en dólares y francos suizos al sistema bancario cubano y comenzaron a rechazar todas las operaciones con los Bancos del país, después de recibir amenzas de sanciones del gobierno estadounidense.

El portavoz de UBS, Christopher Meier, indicó que el primer banco suizo también se retiró de los negocios con clientes cubanos, sean empresas o personas domiciliadas en Cuba.

Meier achacó la decisión a los costos demasiado elevados de vigilar el respeto a las reglas financieras y legales, sin detallar que detrás de esta medida se encuentran las nuevas regulaciones adoptadas por la Oficina de Activos Extranjeros (OFAC), adscrita al Departamento del Tesoro norteamericano(1), que desde inicios del 2006 incrementaron el acoso financiero a los activos cubanos y se ha estandarizado a través de los órganos reguladores bancarios de los Estados Unidos la aplicación de sanciones a terceros que violen sus disposiciones.

Para UBS, Cuba pasó a formar parte del club de países "sensibles" -junto a Irán, Birmania, Sudán, Corea del Norte y Siria- con las cuales no mantiene relaciones de negocios.

En un informe de Cuba, presentado el pasado 8 de Noviembre ante la Asamblea General de la ONU, que adoptó por abrumadora mayoría la resolución cubana contra el bloqueo impuesto por Estados Unidos a la Isla, al pronunciarse a favor 183 naciones, cifra récord en estas votaciones, se registran además otros casos de acoso fnanciero contra la Isla de Caribe:

El Banco HSBC de Londres, decidió unilateralmente en septiembre del 2005 cerrar la cuenta en dólares que el Banco Metropolitano mantenía con ellos. La sucursal de dicho banco en Canadá, devolvió los pagos por montos de un millón de dólares canadienses y 819 mil 900 euros enviados a través del Banco Internacional de Comercio S.A. (BICSA), alegando las regulaciones anticubanas de OFAC. Este mismo Banco no procesó, en febrero de 2006, una transferencia de 15 mil 500 dólares canadienses hacia Cuba por las mismas razones.

• El 7 de noviembre del 2005, el Natexis Banques Populaires, de Francia, informó al Banco Internacional de Comercio S.A (BICSA) que no estaba en disposición de avisar una carta de crédito no confirmada por un importe de 903 mil 900 dólares, pagadera en euros, que trajo consigo la cancelación del crédito y su traslado a otro banco.

El Republic Bank, cuya casa matriz se encuentra en Trinidad y Tobago, informó mediante llamada telefónica al BICSA que no estaba dispuesto a continuar tramitando los pagos que Cuba realiza a agricultores de los Estados Unidos, producto de las ventas de ese país hacia la Isla, lo cual afecta las transferencias que realiza la empresa importadora cubana ALIMPORT a exportadores norteamericanos bajo pagos debidamente autorizados por licencia.

• El 21 de febrero del 2006, el Deutsche Bank Trust Company Americas de Nueva York, confiscó un envío de 330 dólares depositados en el Union National Bank de Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos, a favor de una ciudadana cubana, con el objetivo de realizar trámites de solicitud de pasaporte en la Embajada de Cuba en Egipto, alegando las disposiciones del bloqueo.

• En febrero del 2006, la compañía argentina FURBIA INTERNATIONAL S.A. (Exportación-Importación) se vio obligada a cerrar sus cuentas bancarias en Discount Bank en Uruguay, así como las existentes en los EE.UU., mediante las cuales había operado durante más de 35 años. Esto ocurrió por órdenes instruidas a la entidad bancaria desde la casa central ubicada en los EE.UU. Se alegó que el nombre del Presidente de la compañía estaba registrado en la Lista de Nacionales Especialmente Designados, como resultado de sus tradicionales vínculos comerciales con Cuba.

• En marzo del 2006, la sucursal jamaicana del Banco de Nueva Escocia de Canadá, comunicó a la Embajada de Cuba en Jamaica que no podría mantener la cuenta de esa Misión ni realizar transferencias de fondos en dólares estadounidenses, en franca violación de la legislación jamaicana y la de Canadá. En este último país está en vigor la Ley sobre Medidas Extraterritoriales Extranjeras (FEMA), dirigida a proteger a las compañías canadienses de las disposiciones extraterritoriales de la Ley Helms-Burton.

• Una transferencia bancaria ascendente a 2 mil 154 euros, realizada por el NEDBANK (Banco namibio-sudafricano) a nombre de la empresa cubana PESPORT, del Ministerio de la Industria Pesquera, en virtud de las operaciones realizadas con la empresa Namibia DRAGNAM, fue retenida por un banco norteamericano.

• El colectivo de investigación “Grupo de Ecología de Aves”, de la Facultad de Biología, de la Universidad de la Habana, no pudo recibir el financiamiento que otorgaba la Whitley Fund for Nature, ONG del Reino Unido, por un monto de 30 mil libras esterlinas, que habrían sido utilizados para la continuación de un proyecto en curso. La primera transferencia bancaria por 15 mil libras esterlinas se hizo utilizando el HSBC Bank PLC de Londres, el cual envió los fondos vía Nueva York y no llegaron a su destino. El banco informó a la ONG que los mismos fueron retenidos por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.

Las contribuciones de Cuba a los organismos multilaterales también han sido sometidas a la enfermiza cacería. Durante el primer semestre del año 2006, Cuba no ha podido pagar sus cuotas a dos organismos internacionales con sede en Ginebra: la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y la Organización Meteorológica Mundial (OMM), debido a la negativa del Banco suizo UBS, que acoge las cuentas de ambas organizaciones internacionales, a recibir transferencias desde Cuba.

Asimismo, varios funcionarios internacionales de nacionalidad cubana han recibido cartas solicitándoles el cierre de sus cuentas en dólares estadounidenses bajo la amenaza de que las mismas les serían embargadas. Tal fue el caso de funcionarios contratados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de Salud (OPS), el Programa Mundial de Alimentos (PMA), el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (FNUAP) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, entre otras.

Estas acciones de los bancos contra cubanos contratados como funcionarios internacionales son resultado del “Procedimiento para la aplicación de sanciones económicas a las instituciones bancarias”, anunciadas públicamente por OFAC a principios del 2006

Con estas acciones, Estados Unidos sanciona también a los Organismos Internacionales y a su personal, una evidencia más de su total desprecio al multilateralismo.

En un informe enviado por la OFAC al Congreso de los EE.UU., se informa que en el 2005 el monto de los bienes cubanos congelados en bancos norteamericanos, como consecuencia del bloqueo, ascendió a 268 millones 300 mil dólares. (Con información de la Agencia AFP).

(1) Regulaciones al control de activos cubanos

El Bloqueo contra Cuba está regido por un conjunto de leyes, regulaciones y órdenes ejecutivas, codificadas por el Congreso de Estados unidos a partir del 12 de marzo de 1996, con la aprobación de la ley Helms-Burton, y cuya aplicación está a cargo de los Departamentos de Tesoro, Comercio y Estado.

Las Regulaciones al Control de los Activos Cubanos (Cuban Assets Control Regulations), contenidas en el Título 31 Parte 515 del Código de Regulaciones Federales de Estados Unidos, contienen el núcleo central de las normas que rigen el bloqueo.

Las mismas fueron promulgadas por el Gobierno de Estados unidos el 8 de julio de 1963 bajo la Ley de Comercio con el Enemigo; se mantienen vigentes y afectan a todos los ciudadanos norteamericanos, residentes permanentes en Estados Unidos, independientemente de dónde estén ubicados, a todas las personas y organizaciones físicamente en territorio de Estados Unidos, y a todas las divisiones y subsidiarias de organizaciones norteamericanas en todo el mundo.

Su objetivo básico es aislar a Cuba económicamente y privarla del acceso a los dólares estadounidenses.

La violación de estas regulaciones implica la imposición de sanciones criminales que pueden llegar a ser de 10 años de prisión, multas de hasta $1000 000 en el caso de las corporaciones y $ 250 000 a individuos. También contemplan sanciones civiles hasta $55 000, así como la confiscación de propiedades, embarcaciones, fondos, valores y documentos involucrados en una violación del Acta de Comercio con el Enemigo.

13/11/06

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